TUS BENEFICIOS POR COLABORAR
EN IDEA LIBRE TU AYUDA SE DEVUELVE
El mayor beneficio que obtendrás es saber que estás haciendo algo bien, estás siendo responsable con el mundo en el que vives y eso dice mucho de ti.
Ayudando a otra persona estás adquiriendo un compromiso con la vida que sin duda hace de ti una persona más grande.
Además puedes beneficiarte de manera fiscal con tu colaboración económica
PERSONAS FÍSICAS
TE DESGRAVAS EL 80% DE LOS PRIMEROS 150€ Y EL 35% A PARTIR DE 150€
Ejemplos:
Si donas 150€ te desgravas 120€ en tu declaración del año que viene y si donas por ejemplo 300€ te desgravas 172,5€ en tu declaración del año que viene (120€ por los primeros 150€ y 52,5€ por los otros 150€)
* si has donado 2 años seguidos a Idea Libre un importe igual o superior a los años anteriores este 35% se amplía y pasa a ser un 40%
EMPRESAS
TU EMPRESA SE DESGRAVA EL 35%
Ejemplo: si donas 300€ te desgravas 105€ en el impuesto de sociedades
Te desgravas el 35% del importe donado tanto en dinero como en especie.
Tenemos una red de empresas amigas que además de beneficiarse de las deducciones fiscales, optienen beneficios sociales a través de su Responsabilidad Social Coorporativa.
Hacemos convenios de colaboración con diferentes empresas
IMPORTANTE
Para beneficiarte de las deducciones fiscales necesitamos tus datos para enviarte el certificado de donación (se envían a principio de año)
* Debes enviar los datos antes del 31.diciembre del año en el que has donado
PREGUNTAS FRECUENTES
Ley 49/2002, de 23 diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
No todas las ONG pueden acogerse al régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos. Para poder beneficiarnos de ello tenemos que cumplir al menos una de las siguientes opciones: * Ser una fundación * Estar declarada de Utilidad Pública (Idea Libre) * Ser reconocida como Organización no gubernamental de desarrollo a que se refiere la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, siempre que tengan alguna de las formas jurídicas a que se refieren los párrafos anteriores. (IDEA LIBRE) * Ser una delegación de fundaciones extranjeras inscritas en el Registro de Fundaciones. * Ser una federación deportiva española, una federación deportiva territorial de ámbito autonómico integradas en aquéllas, el Comité Olímpico Español y el Comité Paralímpico Español. * Ser una federación y asociación de las entidades sin fines lucrativos a que se refieren los párrafos anteriores.
Desde 2018 la nueva normativa obliga a que todas las donaciones de más de 100€ deben ir acompañadas de los datos personales más básicos del donante. Esta medida se ha llevado a cabo para poder tener un mayor control sobre el fraude fiscal, por eso las ONGs no debemos admitir donaciones de más de esa cantidad si no están acompañadas de los datos del donante.